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PRODHEG emite recomendaciones al ayuntamiento de Salamanca por muerte de Antonio en separos de la policía.

Salamanca, Gto. 31 marzo 2023. (Al Instante).- La Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato (PRODHEG) emitió siete recomendaciones al ayuntamiento de Salamanca por la muerte, en los separos de la policía municipal, de Antonio Quintana Villegas, el pasado 17 de febrero.

La procuraduría señala que, tanto el juez calificador en turno, como el paramédico asignado a los separados, fueron omisos y fue acreditada la violación al derecho humano de la vida.

Luego de que familiares de Antonio hicieran una denuncia pública ante os medios de comunicación, la PRODHEG inició una investigación de oficio.

Los familiares de la víctima ratificaron la denuncia y se quejaron de que las autoridades fueron omisas en su responsabilidad de custodiar a Antonio, quien fue encontrado sin vida al interior de su celda, luego de ser detenido en la colonia San Roque.

Antonio fue detenido por alterar el orden público y en estado de ebriedad.

Cuando ingresó a los separos, se contaba con un solo custodio en las celdas para realizar los rondines y vigilar los monitores.

Fue el mismo custodio quien avisó al juez calificador que Antonio lloraba y se mostraba muy ansioso, recibiendo sólo la indicación de que lo tranquilizara.

El oficial calificador en turno, pidió al único custodio a ir a la entrada a recoger alimentos para una persona detenida y ahí se entretuvo con otra persona que quería meter una colchoneta para otro detenido, demorándose 12 minutos. Fue en ese lapso de tiempo que Antonio falleció, según la investigación de Derechos Humanos.

Las recomendaciones de la PRODHEG son:

Primero: Otorgar compensación a la persona víctima indirecta cuyo monto será definido por la Comisión Estatal de Atención Integral a Víctimas, debiendo considerar especialmente la muerte de Antonio así como los gastos funerarios generados, para lo cual la autoridad a quien se dirige la presente resolución de recomendación deberá cubrir o en su caso, reembolsar a la persona víctima indirecta la totalidad de los gastos económicos que hayan sido erogados; de no contar con facturas se tendrá que pagar el máximo que esta autoridad otorga a sus trabajadores de apoyos.

Segundo: Se deberá dar atención psicosocial a las víctimas indirectas de Antonio.

Tercero: La autoridad deberá de emitir una disculpa pública a la familia de la víctima y en memoria de Antonio, la cual debe de ser programada con los ofendidos y aceptada por los mismos.

Cuarto: iniciar un procedimiento de responsabilidad administrativa en el que se consideren los datos arrojados por esta resolución y aplicar las sanciones que resulten procedentes a los implicados en este hecho.

Quinto: Se pide contar con el personal de custodia suficiente para realizar rondines y monitoreo dentro de los separos preventivos, así como personal médico que señala la norma que es un médico legista y no un paramédico.

Sexto: Dar capacitación al personal de los separos preventivos en temas de derechos humanos para cumplir y hacer cumplir la ley.

Séptimo: Entregar una copia de esta resolución al oficial calificador en turno ese día y al paramédico.

La autoridad municipal cuenta con cinco días hábiles para aceptar la resolución y 15 días naturales posteriores para presentar pruebas que acrediten su cumplimiento.

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