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IEEG declara improcedentes varias solicitudes de aspirantes a candidaturas independientes.

Guanajuato, Gto. 26 enero 2021. (Al Instante).- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) rechazó la solicitud de aspirantes a candidaturas independientes respecto a anular la etapa de apoyo ciudadano y obtener registro directo; cancelar el uso de la aplicación para recabar firmas y solicitar al INE la modificación del Sistema Integral de Fiscalización.

El 19 de enero de 2021 se recibieron dos solicitudes por parte de personas aspirantes a candidaturas independientes, la primera suscrita por el ciudadano Pedro Alvarado Zárate, aspirante a la candidatura independiente para la diputación local por el Distrito VIII.

La segunda solicitud la realizó el ciudadano Ricardo Castro Torres, aspirante a la candidatura independiente a la presidencia municipal de Irapuato.

El primero de ellos solicitó anular la etapa de apoyo ciudadano y obtener el registro directamente; cancelar el uso de la aplicación móvil y considerar el uso de cédulas físicas y solicitar al Instituto Nacional Electoral (INE) la modificación del Sistema Integral de Fiscalización.

El segundo solicitó que le sean recibidas cédulas físicas de respaldo ciudadano.

Al respecto, el Consejo General determinó que no se está en posibilidad de anular la etapa de obtención de apoyo de la ciudadanía contemplada en la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Por otro lado, y en atención al principio de legalidad, se considera que no es factible atender las solicitudes relacionadas con la cancelación del uso de la aplicación móvil y el uso de cédulas físicas, ya que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) instruyó a los organismos públicos locales para que, en los procesos electorales locales, en el registro de candidaturas independientes, se utilice la herramienta tecnológica implementada por el INE.

Lo anterior, en virtud de que el INE consideró que, de no determinar el uso de la aplicación móvil en los procesos electorales locales, se correría el riesgo de que, al no ser uniforme la forma de recabar el apoyo en el proceso electoral federal y concurrente, tenga lugar una posible dilación de su verificación.

Respecto de la solicitud de considerar el uso de cédulas físicas para recabar el apoyo ciudadano, es necesario señalar que, se modificaron los lineamientos para la verificación del cumplimiento del porcentaje de apoyo de la ciudadanía que se requiere para el registro de candidaturas independientes mediante el uso de la aplicación móvil en el Proceso Electoral Local.

 

Sobre la petición concerniente a la modificación y adecuación del Sistema Integral de Fiscalización (SIF) para las entregas de los informes, se ordenó remitir la petición a la Unidad Técnica de Fiscalización del INE para que determine lo conducente.

En otro punto de la orden del día el Consejo General resolvió improcedente el recurso de revocación promovido por Ricardo Castro Torres para que le sean recibidas cédulas físicas de respaldo ciudadano.

No obstante, se ordenó reencauzar el recurso de impugnación interpuesto por Ricardo Castro Torres al Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato.

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