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Emite IEEG segunda convocatoria para integración de consejos electorales para el proceso 2026-2027.

Guanajuato, Gto. 13 agosto 2026. (Al Instante).- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG), aprobó la emisión de la segunda convocatoria para la selección y designación de consejeros que integrarán los consejos electorales distritales y municipales durante el Proceso Electoral Local Ordinario 2026-2027.

Los consejos distritales y municipales son los órganos encargados de la preparación, desarrollo y vigilancia del proceso electoral en sus respectivos ámbitos de competencia; que son dependientes del Consejo General y funcionan durante el proceso electoral con residencia en la cabecera de cada distrito o municipio, según corresponda.

Esta segunda convocatoria para la selección y designación de presidencias, consejerías propietarias y consejerías supernumerarias, se apertura únicamente para los consejos municipales de Atarjea, Doctor Mora, Coroneo, Jerécuaro, Santa Catarina y Tierra Blanca, de conformidad con las siguientes etapas y plazos:

EtapasFechas
Publicación y difusión de la ConvocatoriaDel 14 al 21 de agosto de 2026
Inscripción de las personas aspirantesRegistro.Del 14 al 21 de agosto de 2026
Publicación de lista de aspirantes registrados.24 de agosto de 2026
Conformación y envío de expedientes al Consejo General15 al 28 de agosto de 2026
Revisión de expedientes por el Consejo GeneralDel 28 de agosto al 01 de septiembre de 2026
Elaboración y publicación de las listas de aspirantes que cumplen con los requisitosElaboración de listas.31 de agosto de 2026
Emisión de observaciones.01 de septiembre de 2026
Publicación de lista de aspirantes que pasan a la etapa de examen de conocimientos.02 de septiembre de 2026
Examen de conocimientosAplicación del examen de práctica.09 de septiembre de 2026
Aplicación del examen de conocimientos.12 de septiembre de 2026
Publicación de resultados del examen de conocimientos.18 de septiembre de 2026
Publicación de lista con nombres y apellidos de aspirantes que pasan a la etapa valoración curricular y entrevista.21 de septiembre de 2026
Recepción de solicitudes de revisión de examen.A partir de la publicación de resultados del examen y hasta las 16:00 horas, tiempo del centro, del 19 de septiembre de 2026
Revisiones de examen.21 de septiembre de 2026
Periodo de observaciones de la ciudadanía22 y 23 de septiembre de 2026
Valoración curricular y entrevistaValoración curricular y entrevista.Del 24 al 29 de septiembre de 2026
Publicación de los resultados finales con los nombres de aspirantes que pasan a la etapa de integración de propuestas definitivas.30 de septiembre de 2026
Integración y aprobación de las propuestas definitivasDel 01 al 08 de octubre de 2026
Publicación de integración de los consejos distritales y municipales electorales09 de octubre de 2026

Las personas interesadas en participar deberán cumplir con los siguientes requisitos:

·       Tener ciudadanía mexicana por nacimiento, que no adquiera otra nacionalidad; y, estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos.

·       Tener inscripción en el Registro Federal de Electores y credencial para votar vigente.

·       Gozar de buena reputación y no tener condena vigente por delito alguno, salvo que hubiese sido de carácter no intencional o imprudencial.

·       Ser guanajuatense o contar con una residencia efectiva de por lo menos cinco años anteriores a su designación, salvo el caso de ausencia por servicio público, educativo o de investigación por un tiempo menor de seis meses.

·       No haber sido registrado como persona candidata, ni haber desempeñado cargo alguno de elección popular en los cuatro años anteriores a la designación.

·       No desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección nacional, estatal o municipal en algún partido político en los cuatro años anteriores a la designación.

·       No tener inhabilitación vigente para ejercer cargos públicos en cualquier institución pública federal o local.

·       No haberse desempeñado durante los cuatro años previos a la designación como titular de una secretaría o dependencia del gabinete legal o ampliado, tanto del gobierno de la federación como de las entidades federativas; subsecretaría u oficialía mayor en la administración pública de cualquier nivel de gobierno; jefatura de Gobierno de la Ciudad de México; gubernatura, ni secretaría de Gobierno o su equivalente a nivel local; presidencia municipal, sindicatura, regiduría o dependencia de los ayuntamientos.

·       No militar en ningún partido político.

·       Residir en el municipio sede del consejo municipal.

·       Cumplir con lo establecido en la Ley 3 de 3 contra la violencia  y el Mecanismo 8 de 8 contra la violencia , es decir, no tener sentencia firme cuya condena se encuentre vigente por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos, y no ser persona inscrita o tener registro vigente como persona deudora alimentaria morosa, salvo que acredite estar al corriente del pago o que cancele en su totalidad la deuda ante las instancias que así correspondan.

Se declara improcedente solicitud de registro como partido local

En otro punto del orden del día y derivado del análisis integral, se declaró improcedente la solicitud de registro como partido político local presentada por la organización ciudadana denominada “Guía Nacional Indígena Originaria de Guanajuato, A.C.”.

Lo anterior toda vez que no se acreditó el cumplimiento integral de los requisitos relativos a las asambleas municipales y a la asamblea estatal constitutiva.

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