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Aprueba IEEG candidaturas para personas con discapacidad, afromexicanas y de la diversidad sexual.   

Guanajuato, Gto. 25 noviembre 2023. (Al Instante).- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) aprobó las candidaturas a regidurías y diputaciones en favor de personas con discapacidad, afromexicanas y de la diversidad sexual.

Lo anterior, en cumplimiento a lo ordenado en la sentencia dictada por el Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato y derivado del estudio sobre la situación sociodemográfica, la distribución geográfica y las características de la participación político-electoral de personas con discapacidad, afromexicanas y de la diversidad sexual en el estado de Guanajuato.

Las acciones afirmativas para la postulación de personas con discapacidad, afromexicanas, de la diversidad sexual y migrantes, durante el Proceso Electoral Local 2023-2024 para integrar los ayuntamientos y las diputaciones, son:

  1. a)Ayuntamientos
  • Se determina que los partidos políticos y coaliciones postulen al menos una fórmula de regidurías integradas por personas con discapacidad, personas afromexicanas, personas de la diversidad sexual o personas migrantes dentro de las primeras cuatro fórmulas de la lista de representación proporcional, en los 46 municipios del estado.
  1. b)Diputaciones
  • Se determina que los partidos políticos y coaliciones postulen bajo el principio de mayoría relativa al menos dos fórmulas integradas por personas con discapacidad, personas afromexicanas o personas de la diversidad sexual, de la manera siguiente:
  1. a)Una fórmula en alguno de los distritos electorales uninominales que corresponda a su bloque de competitividad alta.
  1. b)Una fórmula en alguno de los distritos electorales uninominales que corresponda a su bloque de competitividad media.

Los partidos políticos y coaliciones podrán optar entre la anterior medida afirmativa y la que se menciona a continuación para diputaciones:

  • Se determina que los partidos políticos y coaliciones postulen una fórmula bajo el principio de mayoría relativa y una fórmula de representación proporcional integradas por personas con discapacidad, personas afromexicanas o personas de la diversidad sexual, de la siguiente manera:
  1. a)Una fórmula por el principio de mayoría relativa en alguno de los distritos electorales uninominales que corresponda a su bloque de competitividad alta.
  1. b)Una fórmula por el principio de representación proporcional, dentro de las primeras cuatro fórmulas de la lista prevista en el inciso a) de la fracción II del artículo 189 de la ley electoral local.

Lo anterior sin que se deposite en una misma persona la postulación por ambos principios.

Para el cumplimiento de las acciones afirmativas, los partidos políticos y coaliciones procurarán que las postulaciones que realicen guarden el equilibrio entre los grupos objeto de éstas.

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