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Pleno del Poder Judicial de Guanajuato rechaza elección de jueces, magistrados y ministros.

Guanajuato, Gto. 23 agosto 2024. (Al Instante).- El pleno del Poder Judicial de Guanajuato rechazó la designación de jueces, magistrados y ministros mediante voto popular, que establece la iniciativa de reforma al Poder Judicial, en contraparte se pronunció por respetar la designación de los cargos jurisdiccionales por carrera judicial.

Para ellos, este es el medio que garantiza la imparcialidad e independencia, así como la eficacia, eficiencia, excelencia profesional, probidad y rectitud en la prestación del servicio, y en consecuencia, los derechos adquiridos de quienes prestan el servicio de administración de justicia.

Manifestaron que, en el Poder Judicial del Estado de Guanajuato, las personas juzgadoras que operan los diversos sistemas son sometidos a una constante evaluación por la Visitaduría, la Contraloría y el Sistema de Evaluación al Desempeño.

De la misma forma manifestaron que la función jurisdiccional está constantemente supervisada a través de los sistemas de recursos y Juicio de Amparo de manera que el justiciable en todo momento puede debatir el sentido de la resolución que considera transgrede sus derechos y ésta es revisada por Tribunales superiores.

Destacaron que la transparencia en la función jurisdiccional se garantiza a partir del sistema de audiencias públicas, aunado a ello, el Poder Judicial emite una versión pública por cada sentencia consultable en el Portal institucional, siendo así que el Juzgador constantemente está sometido a una evaluación pública en su actuar.

Así mismo reconocieron que existen áreas de oportunidad en el Poder Judicial que deben ser atendidas, pero establecieron que se deben escuchar todas las opiniones, tanto de quienes operan los sistemas como de las personas usuarias, público en general, sociedad civil, academia, entre otros.

Cabe recordar que esta reforma alcanza, no solo al Poder Judicial de la Federación, sino también a los estados, “trastocando el derecho a la carrera judicial, permanencia y ascenso de todos los miembros del Poder Judicial”.

Con ésta se establece que jueces, magistrados y ministros serán electos por voto directo, así como la creación de un Tribunal de Disciplina Judicial y de un Órgano de Administración Judicial, la desaparición del Consejo del Poder Judicial y separando del cargo a las personas juzgadoras que serán reemplazadas por los jueces electos.

En su artículo octavo transitorio determina que las entidades federativas tendrán un plazo de 180 días naturales a partir de la entrada en vigor del Decreto para realizar las adecuaciones a sus Constituciones locales y establece que la renovación de la totalidad de cargos de elección de los Poderes Judiciales locales, refiriéndose a Jueces y Magistrados, deberá concluir a más tardar en la elección federal ordinaria del año 2027.

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